lunes, 29 de octubre de 2007

CONTRATO DE TRABAJO

EL CONTRATO DE TRABAJO

Toda persona tiene tanto el deber como el derecho de trabajar y en ningún caso podrá ser discriminada en las condiciones de trabajo, ya sea por sexo, edad, raza, estado civil, credo religioso, filiación política o condición social, por esta razón todo lo referente al contrato de trabajo y a la relación laboral es un tema de interés para todos, ya que nos permite conocer nuestros derechos como trabajadores y muchas de las obligaciones como patrones, es por ello que es necesario contar con algunos conocimientos relacionados a ello.El contrato de trabajo es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar servicios a otro bajo su dependencia mediante una remuneración.
El contrato de trabajo obligará a el patrono a cumplir con todo lo pactado y a las consecuencias que de el se derivan.El contrato de trabajo se hará preferiblemente por escrito, este se extenderá en dos ejemplares uno será entregado al trabajador, este contrato deberá contener:

· Los datos de la persona contratante.
· El servicio que se debe prestar de la forma más precisa posible.
· La duración del contrato o la indicación que es por tiempo indeterminado
· Duración de la jornada ordinaria de trabajo
· Salario estipulado y lugar de pago
· Lugar donde se prestara el servicio.
Los contratos de trabajo pueden ser tanto verbales como escritos, excepto para los contratos por tiempo determinado o los contratos de personas Venezolanas para trabajar en el extranjero. La importancia de los contratos por escrito es que estos constituyen pruebas documentales en el caso de algún conflicto laboral.

· Elementos de un contrato de trabajo:

1. Prestación de un servicio: El trabajador se compromete a prestar un servicio para el bien del patrono o de terceros.
2. Subordinación o dependencia: El trabajador tiene que acatar las normas y ordenes que el patrono le de excepto que estas sean contrarias a las buenas costumbres.3. Salario: Remuneración, provecho o ventaja que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios.Contrato sin estipulaciones del servicio a prestar:
En el caso de que el contrato de trabajo celebrado entre un patrono y trabajador no tenga estipulaciones expresas respectos al servicio que debe prestar y a la remuneración, estos se ajustaran a algunas normas:
El trabajador estará Obligado a desempeñar los servicios que sean compatibles con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición.

La remuneración deberá ser adecuada a la naturaleza y magnitud de los servicios y no podrá ser inferior al salario mínimo. ¿Qué tipos de contrato existen?
Existen tres tipos de contrato:
  • Contrato por tiempo determinado: Concluirá por la expiración del término convenido y no perderá su condición cuando fuese objeto de una prorroga.
  • Contrato por tiempo indeterminado: Cuando no aparezca expresada la voluntad de las partes, en forma inequívoca de vincularse solo con ocasión de una obra determinada o por tiempo determinado.
  • Contrato para una obra determinada. En este tipo de contrato la obligación es hasta cumplir determinada obra.

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